Cuenta 530 Participaciones a corto plazo en partes vinculadas

La cuenta 530 del Plan General de Contabilidad es Participaciones a corto plazo en partes vinculadas.

53. INVERSIONES FINANCIERAS A CORTO PLAZO EN PARTES VINCULADAS
530. Participaciones a corto plazo en partes vinculadas
5303. Participaciones a corto plazo en empresas del grupo
5304. Participaciones a corto plazo en empresas asociadas
5305. Participaciones a corto plazo en otras partes vinculadas
531. Valores representativos de deuda a corto plazo de partes vinculadas
5313. Valores representativos de deuda a corto plazo de empresas del grupo
5314. Valores representativos de deuda a corto plazo de empresas asociadas
5315. Valores representativos de deuda a corto plazo de otras partes vinculadas
532. Créditos a corto plazo a partes vinculadas
5323. Créditos a corto plazo a empresas del grupo
5324. Créditos a corto plazo a empresas asociadas
5325. Créditos a corto plazo a otras partes vinculadas
533. Intereses a corto plazo de valores representativos de deuda de partes vinculadas
5333. Intereses a corto plazo de valores representativos de deuda de empresas
del grupo
5334. Intereses a corto plazo de valores representativos de deuda de empresas
asociadas

5335. Intereses a corto plazo de valores representativos de deuda de otras partes vinculadas
534. Intereses a corto plazo de créditos a partes vinculadas
5343. Intereses a corto plazo de créditos a empresas del grupo
5344. Intereses a corto plazo de créditos a empresas asociadas
5345. Intereses a corto plazo de créditos a otras partes vinculadas
535. Dividendo a cobrar de inversiones financieras en partes vinculadas
5353. Dividendo a cobrar de empresas del grupo
5354. Dividendo a cobrar de empresas asociadas
5355. Dividendo a cobrar de otras partes vinculadas
539. Desembolsos pendientes sobre participaciones a corto plazo en partes vinculadas
5393. Desembolsos pendientes sobre participaciones a corto plazo en empresas del grupo
5394. Desembolsos pendientes sobre participaciones a corto plazo en empresas asociadas
5395. Desembolsos pendientes sobre participaciones a corto plazo en otras partes vinculadas

Cuenta 530 Participaciones a corto plazo en partes vinculadas

Inversiones a corto plazo en derechos sobre el patrimonio neto —con o sin cotización en un mercado regulado— de partes vinculadas; generalmente, acciones emitidas por una sociedad anónima o participaciones en sociedades de responsabilidad limitada.
Figurará en el activo corriente del balance.

5303. Participaciones a corto plazo en empresas del grupo

¿Cómo se contabiliza la cuenta 5303?

a) Se cargarán:
a1) A la suscripción o compra, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y, en su caso, a la cuenta 539.

a2) En su caso, en el momento en que el importe recuperable sea superior al valor contable de las inversiones, hasta el límite de los ajustes valorativos negativos previos imputados directamente a patrimonio neto, con abono a las cuentas 991 ó 992.

b) Se abonarán:
b1) En su caso, por el importe del deterioro estimado, hasta el límite de los ajustes valorativos positivos previos imputados directamente a patrimonio neto, con cargo a las cuentas 891 u 892.

b2) Por las enajenaciones y en general por su baja del activo, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57, si existen desembolsos pendientes a la cuenta 539 y en caso de pérdidas a la cuenta 666.

5304. Participaciones a corto plazo en empresas asociadas

¿Cómo se contabiliza la cuenta 5304?

a) Se cargarán:
a1) A la suscripción o compra, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y, en su caso, a la cuenta 539.

a2) En su caso, en el momento en que el importe recuperable sea superior al valor contable de las inversiones, hasta el límite de los ajustes valorativos negativos previos imputados directamente a patrimonio neto, con abono a las cuentas 991 ó 992.

b) Se abonarán:
b1) En su caso, por el importe del deterioro estimado, hasta el límite de los ajustes valorativos positivos previos imputados directamente a patrimonio neto, con cargo a las cuentas 891 u 892.

b2) Por las enajenaciones y en general por su baja del activo, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57, si existen desembolsos pendientes a la cuenta 539 y en caso de pérdidas a la cuenta 666.

5305. Participaciones a corto plazo en otras partes vinculadas

a) Se cargará:
a1) A la suscripción o compra, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y, en su caso, a la cuenta 539.
a2) Por las variaciones en su valor razonable, con abono a la cuenta 763.
b) Se abonará:
b1) Por las variaciones en su valor razonable, con cargo a la cuenta 663.
b2) Por las enajenaciones y en general por su baja del activo, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y si existen desembolsos pendientes a la cuenta 539.