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Banco, Finanzas, Economía

Cuenta 109 Acciones o participaciones propias para reducción de capital

Plan de Cuentas Contabilidad

La cuenta 109 del Plan General de Contabilidad es Acciones o participaciones propias para reducción de capital.

10. CAPITAL
100. Capital social
101. Fondo social
102. Capital
103. Socios por desembolsos no exigidos
1030. Socios por desembolsos no exigidos, capital social
1034. Socios por desembolsos no exigidos, capital pendiente de inscripción
104. Socios por aportaciones no dinerarias pendientes
1040. Socios por aportaciones no dinerarias pendientes, capital social
1044. Socios por aportaciones no dinerarias pendientes, capital pendiente de inscripción
108. Acciones o participaciones propias en situaciones especiales
109. Acciones o participaciones propias para reducción de capital

109. Acciones o participaciones propias para reducción de capital

Acciones o participaciones propias adquiridas por la empresa en ejecución de un acuerdo de reducción de capital adoptado por la Junta General (artículo 170 del
Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y artículo 40 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada).

Figurarán en el patrimonio neto, con signo negativo.

¿Cómo se contabiliza la cuenta 109?

a) Se cargará por el importe de la adquisición de las acciones, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.

b) Se abonará por la reducción de capital, con cargo a la cuenta 100 por el importe del nominal de las acciones o participaciones. La diferencia entre el importe de adquisición de las acciones o participaciones y su valor nominal se cargará o abonará, según proceda, a cuentas del subgrupo 11.