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Banco, Finanzas, Economía

Cuenta 136 Ajustes por valoración en activos no corrientes y grupos enajenables de elementos, mantenidos para la venta

Plan de Cuentas Contabilidad

La cuenta 136 del Plan General de Contabilidad es Ajustes por valoración en activos no corrientes y grupos enajenables de elementos, mantenidos para la venta.

13. SUBVENCIONES, DONACIONES Y AJUSTES POR CAMBIOS DE VALOR
130. Subvenciones oficiales de capital
131. Donaciones y legados de capital
132. Otras subvenciones, donaciones y legados
133. Ajustes por valoración en activos financieros disponibles para la venta
134. Operaciones de cobertura
1340. Cobertura de flujos de efectivo
1341. Cobertura de una inversión en un negocio en el extranjero
135. Diferencias de conversión
136. Ajustes por valoración en activos no corrientes y grupos enajenables de elementos, mantenidos para la venta
137. Ingresos fiscales a distribuir en varios ejercicios
1370. Ingresos fiscales por diferencias permanentes a distribuir en varios ejercicios
1371. Ingresos fiscales por deducciones y bonificaciones a distribuir en varios ejercicios

Cuenta 136 Ajustes por valoración en activos no corrientes y grupos enajenables de elementos, mantenidos para la venta

Ajustes por valor razonable de activos no corrientes clasificados como mantenidos para la venta, y de activos y pasivos directamente asociados, clasificados como grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta, cuyas variaciones de valor, previamente a su clasificación en esta categoría, ya se imputaban a otra cuenta del
subgrupo 13.

¿Cómo se contabiliza la cuenta 136?

a) En el momento de su clasificación en esta categoría, se abonará o cargará, por la variación de valor imputada directamente al patrimonio neto hasta dicho momento, con cargo o abono, a las correspondientes cuentas de este subgrupo 13.

b) Posteriormente, se abonará o cargará, por la variación en el valor de los activos no corrientes mantenidos para la venta y de activos y pasivos directamente asociados
clasificados como grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta, con cargo o abono, respectivamente, a las cuentas de los grupos 96 y 86.

c) Los motivos de cargo y abono correspondientes al efecto impositivo, son análogos a los señalados para la cuenta 133.