La cuenta 170 del Plan General de Contabilidad es Deudas a largo plazo con entidades de crédito.
LARGO PLAZO POR PRÉSTAMOS RECIBIDOS, EMPRÉSTITOS Y OTROS CONCEPTOS
170. Deudas a largo plazo con entidades de crédito
171. Deudas a largo plazo
172. Deudas a largo plazo transformables en subvenciones, donaciones y legados
173. Proveedores de inmovilizado a largo plazo
174. Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo
175. Efectos a pagar a largo plazo
176. Pasivos por derivados financieros a largo plazo
1765. Pasivos por derivados financieros a largo plazo, cartera de negociación
1768. Pasivos por derivados financieros a largo plazo, instrumentos de cobertura
177. Obligaciones y bonos
178. Obligaciones y bonos convertibles
179. Deudas representadas en otros valores negociables
Cuenta 170 Deudas a largo plazo con entidades de crédito
Las contraídas con entidades de crédito por préstamos recibidos y otros débitos, con vencimiento superior a un año.
¿Cómo se contabiliza la cuenta 170?
a) Se abonará:
a1) A la formalización de la deuda o préstamo, por el importe recibido, minorado en los costes de la transacción, con cargo, general mente, a cuentas del subgrupo 57.
a2) Por el gasto financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso de la deuda, con cargo, generalmente, a la cuenta 662.
b) Se cargará por el reintegro anticipado, to tal o parcial, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
Se incluirá, con el debido desarrollo en cuentas de cuatro o más cifras, el importe de las deudas por efectos descontados.