Cuenta 251 Valores representativos de deuda a largo plazo

La cuenta 251 del Plan General de Contabilidad es Valores representativos de deuda a largo plazo.

25. OTRAS INVERSIONES FINANCIERAS A LARGO PLAZO
250. Inversiones financieras a largo plazo en instrumentos de patrimonio
251. Valores representativos de deuda a largo plazo
252. Créditos a largo plazo
253. Créditos a largo plazo por enajenación de inmovilizado
254. Créditos a largo plazo al personal
255. Activos por derivados financieros a largo plazo
2550. Activos por derivados financieros a largo plazo, cartera de negociación
2553. Activos por derivados financieros a largo plazo, instrumentos de cobertura
257. Derechos de reembolso derivados de contratos de seguro relativos a retribuciones a largo plazo al personal
258. Imposiciones a largo plazo
259. Desembolsos pendientes sobre participaciones en el patrimonio neto a largo plazo

Cuenta 251 Valores representativos de deuda a largo plazo

Inversiones a largo plazo en obligaciones, bonos u otros valores representativos de deuda, incluidos aquellos que fijan su rendimiento en función de índices o sistemas análogos. Cuando los valores suscritos o adquiridos hayan sido emitidos por partes vinculadas, la inversión se reflejará en la cuenta 241.

Figurará en el activo no corriente del balance.

¿Cómo se contabiliza la cuenta 251?

a) Se cargará:
a1) A la suscripción o compra, por el precio de adquisición, excluidos los intereses explícitos devengados y no vencidos, con abono, a cuentas del subgrupo 57.
a2) Por el ingreso financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso del valor, con abono, generalmente, a la cuenta 761.

b) Se abonará por las enajenaciones, amortizaciones anticipadas o baja del activo de los valores, con cargo, a cuentas del subgrupo 57 y en caso de pérdidas a la cuenta 666.

c) Si los valores se clasifican en la categoría de «Activos financieros disponibles para la venta», se cargará o abonará, por las variaciones en su valor razonable, con
abono o cargo, respectivamente, a las cuentas 900 y 800, salvo la parte correspondiente a diferencias de cambio que se registrará con abono o cargo a las cuentas 768 y 668. También se cargará cuando se produzca el deterioro del valor por el saldo negativo acumulado en el patrimonio neto, con abono a la cuenta 902.