Cuenta 599 Deterioro de valor de activos no corrientes mantenidos para la venta

La cuenta 599 del Plan General de Contabilidad es Deterioro de valor de activos no corrientes mantenidos para la venta.

59. DETERIORO DEL VALOR DE INVERSIONES FINANCIERAS A CORTO PLAZO Y DE ACTIVOS NO CORRIENTES MANTENIDOS PARA LA VENTA
593. Deterioro de valor de participaciones a corto plazo en partes vinculadas
5933. Deterioro de valor de participaciones a corto plazo en empresas del grupo
5934. Deterioro de valor de participaciones a corto plazo en empresas asociadas
594. Deterioro de valor de valores representativos de deuda a corto plazo de partes vinculadas
5943. Deterioro de valor de valores representativos de deuda a corto plazo de
empresas del grupo
5944. Deterioro de valor de valores representativos de deuda a corto plazo de
empresas asociadas

5945. Deterioro de valor de valores representativos de deuda a corto plazo de
otras partes vinculadas
595. Deterioro de valor de créditos a corto plazo a partes vinculadas
5953. Deterioro de valor de créditos a corto plazo a empresas del grupo
5954. Deterioro de valor de créditos a corto plazo a empresas asociadas
5955. Deterioro de valor de créditos a corto plazo a otras partes vinculadas
597. Deterioro de valor de valores representativos de deuda a corto plazo
598. Deterioro de valor de créditos a corto plazo
599. Deterioro de valor de activos no corrientes mantenidos para la venta

Cuenta 599 Deterioro de valor de activos no corrientes mantenidos para la venta

Importe de las correcciones valorativas por deterioro del valor en activos no corrientes mantenidos para la venta o en activos que formen parte de un grupo enajenable de elementos mantenidos para la venta.

¿Cómo se contabiliza la cuenta 599?

a) Se abonará por el importe del deterioro estimado, con cargo a la cuen ta que corresponda del subgrupo 69.
b) Se cargará:
b1) Cuando desaparezcan las causas que determinaron el reconocimiento de la corrección valorativa por deterioro, con abono a la cuenta que corresponda del subgrupo 79.
b2) Cuando se enajene el activo o se dé de baja del activo por cual quier otro motivo, con abono a cuentas del subgrupo 58.