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Registro Civil de Almería

Registro Civil

El Registro Civil de Almería, está situado en la calle Carretera de Ronda, 120 (Ciudad de la Justicia), de Almería. 

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QUÉ TIPO DE INSCRIPCIONES SE REALIZAN EN EL REGISTRO CIVIL ALMERÍA

– Nacimiento.
– Nombre, apellidos y modificaciones.
– Defunción.
– Filiación.
– Emancipación y habilitación de edad.
– Modificaciones judiciales de la capacidad de las personas o que han sido declaradas en concurso, quiebra o suspensión de pagos.
– Declaraciones de ausencia o fallecimiento.
– Nacionalidad y vecindad.
– Patria potestad, tutela y demás representaciones que señala la Ley.
– Matrimonio.

 

ÓRGANOS QUE COMPONEN EL REGISTRO CIVIL ALMERÍA

El registro civil es único institucionalmente.
Según el articulo 10 de la Ley del Registro Civil, esta integrado por:
– Registros Municipales a cargo del Juez de 1ª instancia.
– El Secretario.
– Registros consulares, gestionado por cónsules de España en el extranjero y por el Registro Civil Central.

Hay 431 Registro Civil Municipales Principales de los cuales:
– 16 dedicados únicamente a tareas de Registro Civil.
– El resto es a cargo de un Juez de 1ª instancia asistido por un secretario que efectúan actividades registrales de forma parcial.
Los Juzgados de Paz, actúan como Registros Civiles Municipales Delegados. En este momento hay 7667.
En cada territorio consular existe una oficina del registro Civil, habiendo actualmente 177.

 

REGISTRO COMPETENTE DE ALMERÍA EN CADA CASO

Nacimientos, matrimonios y defunciones se inscribirán en el registro del lugar en que suceden. Si hay desconocimiento del lugar de nacimiento o defunción se efectuará en el registro del lugar en el cual se encuentre el niño abandonado o el difunto.

También se inscriben los  ocurridos en el curso de un viaje serán competencia del lugar en el que se dé el término de este. Si se tratara de fallecimientos, será del lugar donde haya de efectuarse el entierro o en su defecto el de primera arribada.

Los Nacimientos ocurridos en territorio español cuando su inscripción se solicite dentro del plazo, serán inscritos en el registro civil municipal correspondiente al domicilio del progenitor o progenitores legalmente conocidos. La solicitud se formulará mediante acuerdo de los representantes legales del nacido o único representante, remitiendo la documentación reglamentaria para justificar el domicilio común de los padres o del único progenitor conocido.

En las inscripciones de nacimiento extendidas como consecuencia de lo establecido en este apartado se considerará a todos los efectos legales que el lugar del nacimiento del inscrito es el municipio en el que se haya practicado el asiento. Las certificaciones en extracto solo harán mención de este término municipal.

En el registro civil municipal se inscribirá el nacimiento por adopción o adquisición de nacionalidad española a que se refieren expresamente los apartados 3 y 4 del artículo 16 de la ley del registro civil.

EFECTOS DE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CIVIL DE ALMERÍA

En el caso en el que falte la inscripción o en los que no fuera posible certificar el asiento se admitirán otros medios de prueba, en el primer supuesto será requisito indispensable para su admisión que, previa o simultáneamente, se haya instado la inscripción omitida o la reconstitución del asiento.

PUBLICIDAD DEL REGISTRO CIVIL ALMERÍA

Registro Civil es público para quienes tengan interés en conocer los asientos, salvo en los casos, que impiden que se dé publicidad sin autorización especial.
– De la filiación adoptiva o desconocida o de circunstancias que descubran tal carácter y del cambio del apellido Expósito u otros análogos o inconvenientes.
– Rectificación del sexo.
– Las causas de privación o suspensión de la patria potestad.
– Documentos archivados, en cuanto a los extremos citados en los números anteriores o a circunstancias deshonrosas o que estén incorporados en expediente que tenga carácter reservado.
– Legajo de abortos.
– De los cambios de apellidos autorizados conforme a lo previsto en el párrafo tercero del artículo 208 de este Reglamento.

La publicidad se realiza:
– Por manifestación y examen de los libros, previa autorización de su Encargado.
– certificación de los asientos.
– Las certificaciones del Registro Civil son gratuitas y no están sometidas a ninguna tasa o derecho.

REGISTRO CIVIL CENTRAL

El Registro Civil Central es un registro dependiente del Ministerio de Justicia en el que se inscriben los hechos no competentes de ningún otro Registro y aquellos que no puedan inscribirse por concurrir circunstancias excepcionales que impidan el funcionamiento del Registro correspondiente.

Igualmente se llevarán en el Registro Civil Central los libros formados con los duplicados de las inscripciones consulares y de las inscripciones de nacimiento, que aún habiendo acaecido en el extranjero, hayan sido practicadas en los Registros Municipales conforme a lo dispuesto en la Ley.

También se llevarán en el Registro Central los libros formados con los duplicados de las inscripciones sobre modificaciones judiciales de la capacidad de obrar, constitución y modificación de cargos tutelares, prórroga o rehabilitación de la patria potestad, medidas judiciales sobre guarda o administración de presuntos incapaces o menores no sujetos a patria potestad, vigilancia o control de tales cargos, y constitución de patrimonios protegidos y designación y modificación de administradores de patrimonios protegidos practicadas en los distintos Registros Municipales, bajo la denominación de «Libro de Incapacitaciones, cargos tutelares y administradores de Patrimonios Protegidos (Ley 1/2009 de 25 de marzo).

Cuando sea competente un Registro Consular, si el promotor está domiciliado en España, deberá practicarse antes la inscripción en el Registro Central, y después, por traslado, en el Consular correspondiente.

También se inscribirán en el Libro Especial de este Registro los matrimonios secretos.

ORGANIZACIÓN DEL REGISTRO CIVIL CENTRAL

El Registro Civil Central está cargo de dos Magistrados, dos Secretarios Judiciales, y atendido por funcionarios de la Administración de Justicia y se inscriben los siguientes actos:

– El nacimiento de españoles ocurrido en el extranjero.
– Extranjeros que adquieren la nacionalidad española (*).
–  la adopción constituida en el extranjero (*)
– Las modificaciones de nacionalidad y vecindad de personas nacidas en el extranjero.
– El matrimonio celebrado en el extranjero entre españoles o personas que posteriormente adquieren la nacionalidad española o el celebrado en secreto.
– La defunción de españoles ocurrida en el extranjero.
– La defunción de personas de nacionalidad extranjera fallecidas al servicio de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad españolas, siempre que dicho fallecimiento hubiera ocurrido durante una misión u operación fuera de España.

En la provincia de Almería, se encuentran los siguientes Registros Civiles por municipios:

  • Abla
  • Abrucena
  • Adra
  • Albánchez
  • Alboloduy
  • Albox
  • Alcolea
  • Alcóntar
  • Alcudia de Monteagud
  • Alhabia
  • Alhama de Almería
  • Alicún
  • Almócita
  • Alsodux
  • Antas
  • Arboleas
  • Armuña de Almanzora
  • Bacares
  • Balanegra
  • Bayárcal
  • Bayarque
  • Bédar
  • Beires
  • Benahadux
  • Benitagla
  • Benizalón
  • Bentarique
  • Berja
  • Canjáyar
  • Cantoria
  • Carboneras
  • Castro de Filabres
  • Chercos
  • Chirivel
  • Cóbdar
  • Cuevas del Almanzora
  • Dalías
  • El Ejido
  • Enix
  • Felix
  • Fines
  • Fiñana
  • Fondón
  • Gádor
  • Garrucha
  • Gergal
  • Huécija
  • Huércal de Almería
  • Huércal-Overa
  • Illar
  • Instinción
  • La Mojonera
  • Laroya
  • Las Tres Villas
  • Láujar de Andarax
  • Líjar
  • Los Gallardos
  • Lubrín
  • Lucainena de las Torres
  • Lúcar
  • Macael
  • María
  • Mojácar
  • Nacimiento
  • Níjar
  • Ohanes
  • Olula de Castro
  • Olula del Río
  • Oria
  • Padules
  • Partaloa
  • Paterna del Río
  • Pechina
  • Pulpí
  • Purchena
  • Rágol
  • Rioja
  • Roquetas de Mar
  • Santa Cruz de Marchena
  • Santa Fe de Mondújar
  • Senés
  • Serón
  • Sierro
  • Somontín
  • Sorbas
  • Suflí
  • Tabernas
  • Taberno
  • Tahal
  • Terque
  • Tíjola
  • Turre
  • Turrillas
  • Uleila del Campo
  • Urrácal
  • Velefique
  • Vélez-Blanco
  • Vélez-Rubio
  • Vera
  • Viator
  • Vícar
  • Zurgena