El Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación, SEMAC Lleida SMAC, se encarga de conciliar entre la persona trabajadora y el empresario envueltos en reclamaciones de tipo laboral.
SEMAC LLEIDA SMAC
La finalidad es evitar el pleito por vía judicial. El plazo de la conciliación una vez se haya solicitado es de 15 días hábiles. Si no se celebrase el acto de conciliación en los plazos indicados, se supondrá como realizado el acto de conciliación, por lo que comenzaran a correo los plazos para la demanda.
¿Qué requisitos para solicitar el Acto Conciliación en Semac?
Para solicitar el acto de conciliación en el Semac debe encontrarse en las siguientes situaciones: despido, sanciones disciplinarias, se le deben salarios. Los plazos para presentar la documentación van desde 20 días hábiles en caso de despido hasta un año en caso de salarios impagados. Cabe destacar que en el primer plazo no se cuentan sábados, domingos ni festivos.
¿Qué documentación para presentar el acto de conciliación?
Para solicitar el acto de conciliación deberá presentar una Papeleta de conciliación y adjuntar la documentación necesaria.
La Papeleta deberá contener obligatoriamente la identificación de ambas partes: DNI del trabajador, CIF de la empresa; domicilio social de la empresa y domicilio del trabajador. Es recomendable, asimismo, el número del trabajador o de la persona que le represente (abogado/graduado social).
Deberá estar fechada y firmada por la persona que esté intentando la conciliación y deberá incluir una descripción de la relación laboral del trabajador con la empresa.
Teléfono y dirección del Smac Lleida
El Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (Semac) se encuentra en Avinguda del Segre, 5.
Teléfono Smac Lleida: 973 70 36 00
Modelo de Papeleta de Conciliación.
La papeleta de conciliación es el primer escrito que se debe presentar en una reclamación laboral.
Con la presentación de la papeleta en el Servicio de Mediación y Arbitraje se consigue que la Administración cite a la empresa y al trabajador al acto de conciliación. El objetivo de este trámite es intentar alcanzar un acuerdo con la empresa y evitar un procedimiento judicial.
En todos estos procedimientos judiciales laborales no es necesario ni obligatorio la representación por un abogado o sindicato. Asimismo, tampoco lo es en el acto previo de conciliación laboral.
¿Dónde presentar la papeleta de conciliación?
Se recomienda presentar la papeleta donde se encuentre el centro de trabajo o domicilio de la empresa. También se permite presentarla en el domicilio del trabajador.
La papeleta debe cumplimentar lo siguiente:
- DNI , domicilio y teléfono del trabajador, CIF de la empresa y domicilio social
- Fecha y Firma del trabajador que intenta la conciliación.
- Grupo profesional, categoría, tipo de contrato de trabajo (temporal o indefinido), antigüedad, salario y convenio colectivo .
- Detallar de forma clara de las causas por la que se realiza la reclamación planteada.
- Indicar si el trabajador es representante legal, y si va a acudir acompañado de abogado.
¿Cuántas copias de papeletas de conciliación hay que presentar?
Como mínimo hay que imprimir cuatro copias, una para el registro, otra para el encargado de conciliación, una tercera se entrega al trabajador con la fecha y hora de la conciliación.
El resto de las copias se deben enviar a la empresa, normalmente por burofax El propio servicio de conciliación es el encargado de notificar con la empresa.
Cuando se presente, el trabajador no tendrá que comunicarse con la empresa, pues el servicio de conciliación se encarga de notificar a la empresa.
¿Cuánto es el plazo para celebrar el acto de conciliación?
Una vez presentado el Modelo de Papeleta de Conciliación, lo normal es que el acto de conciliación se celebre en un plazo que no suele ser superior a los 15 días hábiles.
Este es el esquema desde la presentación de la papeleta hasta la celebración de la conciliación.
Letrado conciliador
Al iniciarse el acto, el Letrado conciliador, tras convocar a las partes, quienes pueden asistir acompañadas de un hombre bueno, verificará su identidad, capacidad y representación. Posteriormente, una vez que el solicitante ratifique su intención, concederá la palabra a las partes para que presenten sus solicitudes y expliquen los fundamentos de las mismas. La presentación de documentos u otros justificantes será opcional.
A continuación, instará a las partes a alcanzar un acuerdo, con el apoyo, si corresponde, de los hombres buenos, permitiéndoles intervenir cuantas veces sea necesario y sugiriendo posibles soluciones justas. Se encargará de mantener el orden durante el debate, teniendo la facultad de darlo por concluido si se genera desorden o resulta evidente que no se logrará un acuerdo, considerándose el acto finalizado sin avenencia en ambos casos.
El Letrado redactará un acta que refleje con claridad los acuerdos alcanzados o, en su defecto, la falta de acuerdo. Dicho acta será firmada por las partes y por el Letrado conciliador. Si alguna de las partes no puede o no sabe firmar, se dejará constancia, pudiendo firmar el hombre bueno en su nombre, si está presente. Asimismo, se anotará cualquier negativa a firmar, especificando los motivos si se conocen, y se considerará que la conciliación ha finalizado sin avenencia.
Al término del proceso, el Letrado entregará a las partes una copia certificada del acta correspondiente.
Primero, se presenta la papeleta de conciliación ante el órgano que sea correspondiente. Se cita a las partes, con indicación del lugar, día y hora del acto con una copia de la papeleta. La citación se hará habitualmente por correo certificado, es decir burofax.
Comparecen las partes. La asistencia al acto es obligatorio por la persona o por medio de su representante. Se celebra el acto de conciliación.
Posteriormente, se publica el acta de conciliación en el que se indica si se ha llegado a un acuerdo.
Esta NO es la pagina oficial SEMAC SMAC LLEIDA, es una pagina informativa sobre este organismo.