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BOC CANTABRIA BOLETÍN OFICIAL COMUNIDAD AUTÓNOMA

BOLETIN

El BOC CANTABRIA BOLETÍN OFICIAL COMUNIDAD AUTÓNOMA es el diario oficial español dedicado a la publicación de determinadas leyes, disposiciones y actos de inserción obligatoria.

Asimismo, en él se publica toda la legislación de Decretos y Leyes, Subastas, Oposiciones, Multas, Legislación Consolidada Generales, etc.

El contenido que se encuentra en el boletín es el siguiente:

  • Disposiciones generales de los órganos del Estado y los tratados o convenios internacionales.
  • Disposiciones generales de las Comunidades autónomas, de acuerdo con lo establecido en los Estatutos de Autonomía y en las normas con rango de ley.
  • Resoluciones y actos de los órganos constitucionales del Estado.
  • Convocatorias, citaciones, requisitorias y anuncios.

BOC CANTABRIA BOLETÍN OFICIAL COMUNIDAD AUTÓNOMA

Cada provincia también cuenta con un propio boletín oficial. Se trata de un sumario oficial que determina y publica las distintas leyes, disposiciones, etc.

En las distintas comunidades también se registra este boletín para regular los distintos territorios. A esta información también se podrá acceder sin necesidad de desplazarse.

A partir de la dirección antes señalada puede consultar las toda la legislación de Decretos y Leyes, Subastas, Oposiciones, etc., de su comunidad.

1. El «Boletín Oficial de Cantabria» es el diario oficial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

En él se hacen públicos los documentos que, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, y en virtud de los principios constitucionales de publicidad de las normas y de seguridad jurídica, deben ser objeto de publicidad oficial, así como aquellos actos de los particulares que deban ser publicados para su eficacia jurídica y/o conocimiento.

2. El Boletín Oficial de Cantabria se publica en edición electrónica, con carácter oficial y auténtico, con arreglo a las condiciones que se establecen en este Decreto, así como en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y en su normativa de desarrollo.

3. Todos los documentos publicados en soporte electrónico ostentan la condición de oficiales y auténticos y, además, tienen garantizada la autenticidad y la integridad de los contenidos, habiendo sido firmados, verificados y autenticados individualmente mediante sistemas de firma electrónica avanzada.