La cuenta 241 del Plan General de Contabilidad es Valores representativos de deuda a largo plazo de partes vinculadas.
24. INVERSIONES FINANCIERAS A LARGO PLAZO EN PARTES VINCULADAS
240. Participaciones a largo plazo en partes vinculadas
2403. Participaciones a largo plazo en empresas del grupo
2404. Participaciones a largo plazo en empresas asociadas
2405. Participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas
241. Valores representativos de deuda a largo plazo de partes vinculadas
2413. Valores representativos de deuda a largo plazo de empresas del grupo
2414. Valores representativos de deuda a largo plazo de empresas asociadas
2415. Valores representativos de deuda a largo plazo de otras partes vinculadas
242. Créditos a largo plazo a partes vinculadas
2423. Créditos a largo plazo a empresas del grupo
2424. Créditos a largo plazo a empresas asociadas
2425. Créditos a largo plazo a otras partes vinculadas
249. Desembolsos pendientes sobre participaciones a largo plazo en partes vinculadas
2493. Desembolsos pendientes sobre participaciones a largo plazo en empresas
del grupo
2494. Desembolsos pendientes sobre participaciones a largo plazo en empresas
asociadas
2495. Desembolsos pendientes sobre participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas
Cuenta 241 Valores representativos de deuda a largo plazo de partes vinculadas
Inversiones a largo plazo en obligaciones, bonos u otros valores representativos de deuda, incluidos aquéllos que fijan su rendimiento en función de índices o sistemas análogos, emitidos por partes vinculadas, con vencimiento superior a un año.
Figurará en el activo no corriente del balance.
2413. Valores representativos de deuda a largo plazo de empresas del grupo
¿Cómo se contabiliza la cuenta 2413?
a) Se cargarán:
a1) A la suscripción o compra, por el precio de adquisición, excluidos los intereses explícitos devengados y no vencidos, con abono, a cuentas del subgrupo 57.
a2) Por el ingreso financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso del valor, con abono, generalmente, a la cuenta 761.
b) Se abonarán por las enajenaciones, amortizaciones anticipadas o baja del activo de los valores, con cargo, a cuentas del subgrupo 57 y en caso de pérdidas a la cuenta 666.
c) Si los valores se clasifican en la categoría de «Activos financieros disponibles para la venta», se cargarán o abonarán, por las variaciones en su valor razonable, con
abono o cargo, respectivamente, a las cuentas 900 y 800, salvo la parte correspondiente a diferencias de cambio que se registrará con abono o cargo a las cuentas 768 y 668. También se cargarán cuando se produzca el deterioro del valor por el saldo negativo acumulado en el patrimonio neto, con abono a la cuenta 902.
2414. Valores representativos de deuda a largo plazo de empresas asociadas
¿Cómo se contabiliza la cuenta 2414?
a) Se cargarán:
a1) A la suscripción o compra, por el precio de adquisición, excluidos los intereses explícitos devengados y no vencidos, con abono, a cuentas del subgrupo 57.
a2) Por el ingreso financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso del valor, con abono, generalmente, a la cuenta 761.
b) Se abonarán por las enajenaciones, amortizaciones anticipadas o baja del activo de los valores, con cargo, a cuentas del subgrupo 57 y en caso de pérdidas a la cuenta 666.
c) Si los valores se clasifican en la categoría de «Activos financieros disponibles para la venta», se cargarán o abonarán, por las variaciones en su valor razonable, con
abono o cargo, respectivamente, a las cuentas 900 y 800, salvo la parte correspondiente a diferencias de cambio que se registrará con abono o cargo a las cuentas 768 y 668. También se cargarán cuando se produzca el deterioro del valor por el saldo negativo acumulado en el patrimonio neto, con abono a la cuenta 902.
2415. Valores representativos de deuda a largo plazo de otras partes vinculadas
¿Cómo se contabiliza la cuenta 2415?
a) Se cargarán:
a1) A la suscripción o compra, por el precio de adquisición, excluidos los intereses explícitos devengados y no vencidos, con abono, a cuentas del subgrupo 57.
a2) Por el ingreso financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso del valor, con abono, generalmente, a la cuenta 761.
b) Se abonarán por las enajenaciones, amortizaciones anticipadas o baja del activo de los valores, con cargo, a cuentas del subgrupo 57 y en caso de pérdidas a la cuenta 666.
c) Si los valores se clasifican en la categoría de «Activos financieros disponibles para la venta», se cargarán o abonarán, por las variaciones en su valor razonable, con
abono o cargo, respectivamente, a las cuentas 900 y 800, salvo la parte correspondiente a diferencias de cambio que se registrará con abono o cargo a las cuentas 768 y 668. También se cargarán cuando se produzca el deterioro del valor por el saldo negativo acumulado en el patrimonio neto, con abono a la cuenta 902.