La cuenta 499 del Plan General de Contabilidad es Provisiones por operaciones comerciales.
49. DETERIORO DE VALOR DE CRÉDITOS COMERCIALES Y PROVISIONES A CORTO PLAZO
490. Deterioro de valor de créditos por operaciones comerciales
493. Deterioro de valor de créditos por operaciones comerciales con partes vinculadas
4933. Deterioro de valor de créditos por operaciones comerciales con empresas del grupo
4934. Deterioro de valor de créditos por operaciones comerciales con empresas asociadas
4935. Deterioro de valor de créditos por operaciones comerciales con otras partes
vinculadas
499. Provisiones por operaciones comerciales
4994. Provisión por contratos onerosos
4999. Provisión para otras operaciones comerciales
Cuenta 499 Provisiones por operaciones comerciales
Provisiones para el reconocimiento de obligaciones presentes derivadas del tráfico comercial de la empresa.
Figurarán en el pasivo del balance.
Las provisiones para operaciones comerciales cuya cancelación se prevea en el largo plazo deberán figurar en el pasivo no corriente del balance en el epígrafe «Provisiones largo plazo».
4994. Provisión por contratos onerosos
Provisión que surge cuando los costes que conlleva el cumplimiento de un contrato exceden a los beneficios económicos que se esperan recibir del mismo.
¿Cómo se contabiliza la cuenta 4994?
a) Se abonará, al cierre del ejercicio, por el importe de la estimación realizada, con cargo a la cuenta 6954.
b) Se cargará:
b1) Al cierre del ejercicio, si la empresa opta por cumplir el contrato, por el exceso de provisión contabilizada, con abono a la cuenta 79544.
b2) Si la empresa opta por la cancelación del contrato, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
4999. Provisión para otras operaciones comerciales
Provisión para cobertura de gastos por devoluciones de ventas, garantías de reparación, revisiones y otros conceptos análogos.
¿Cómo se contabiliza la cuenta 4999?
a) Se abonará, al cierre del ejercicio, por el importe de la estimación realizada, con cargo a la cuenta 6959.
b) Se cargará, al cierre del ejercicio, por la dotación efectuada en el año anterior, con abono a la cuenta 79549.